Qué trámites debes seguir para establecer tu actividad en una explotación agraria.
1. Elección de la actividad agraria que se quiere desarrollar. CNAE.
Se obtiene seleccionando de entre los códigos de actividad recogidas en el C.N.A.E., siendo los siguientes los pertenecientes a actividades agrarias:
- 01. Agricultura, ganadería caza y actividades de los servicios relacionados con las mismas:
- 011 Producción agrícola
- 0111 Cultivo de cereales y otros cultivos
- 0112 Cultivo de hortalizas, especialidades de horticultura y productos de vivero
- 0113 Cultivo de frutas, frutos secos, especias y cultivos para bebidas
- 012 Producción ganadera
- 0121 Explotación de ganado bovino y producción de leche cruda
- 0122 Explotación de ganado ovino, caprino y equino
- 0123 Explotación de ganado porcino
- 0124 Avicultura
- 0125 Otras explotaciones de ganado
- 013 Producción agraria combinada con la producción ganadera
- 0130 Producción agraria combinada con la producción ganadera
- 014 Actividades de servicios relacionados con la agricultura, ganadería, excepto actividades veterinarias
- 0141 Actividades de servicios relacionados con la agricultur
- 0142 Actividades de servicios relacionados con la ganadería, expecto actividades veterinarias
- 015 Caza, captura de animales y repoblación cinegética, incluidas las actividades de los servicios relacionados con las mismas
- 0150 Caza, captura de animales y repoblación cinegética, incluidas las actividades de los servicios relacionados con las mismas
- 011 Producción agrícola
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02. Selvicultura, explotación forestal y actividades de los servicios relacionados con las mismas
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020 Selvicultura, explotación forestal y actividades de los servicios relacionados con las mismas
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0201 Selvicultura y explotación forestal
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0202 Actividades de los servicios relacionados con la selvicultura y explotación forestal.
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Seleccionada la actividad, procede imputarla en el modelo 036 de Alta Censal, (en caso de no poseer NIF el interesado), o el 037, en caso de tener NIF previo, y presentarse en la oficina de la Agencia Tributaria (Hacienda) correspondiente.
2. Requisitos para la adquisición de la condición de Agricultor Profesional
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Accediendo a la titularidad en exclusiva, en cotitularidad o en titularidad compartida de una explotación agraria.
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Se requiere que, al menos un 50% de la renta del titular se derive de la actividad agraria realizada en la explotación sobre la que tiene derechos de titularidad.
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Se ha de estar en alta dentro del sistema S.E.T.A
3. Alta en S.E.T.A.
Requisitos para darse de alta en S.E.T.A.
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Ser titulares de una explotación agraria y obtener, al menos, el 50% de su renta total por su actividad agraria.
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Que los rendimientos anuales netos obtenidos de la explotación no superen el 75 por 100 de la base máxima de cotización del Régimen General en cómputo anual.
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La realización de forma personal y directa de las labores agrarias en la explotación, aún cuando se ocupen a trabajadores por cuenta ajena.
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Cónyuge y parientes hasta el tercer grado inclusive, que no tengan la consideración de trabajadores por cuenta ajena, mayores de 18 años y que realicen la actividad agraria de forma personal y directa en la explotación familiar.
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Por lo que se refiere a la acción protectora, tanto la incapacidad temporal por contingencias comunes como la protección por contingencias profesionales serán voluntarias.
Trámites para alta en S.E.T.A.
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Alta en Hacienda : se notificarán los datos personales, la actividad, la ubicación de la explotación y los impuestos que se pagarán.
-Cumplimentación de modelo 036, si no se tiene NIF previo: http://xuventude.xunta.es/uploads/docs/asociacionismo/como_constituir_un...
-Cumplimentación del modelo 037, si se tiene NIF previo: http://www.gvajove.es/ivaj/export/sites/default/IVAJ/es/empleo/documento...
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Alta en la Seguridad Social: En un plazo de 30 días desde el alta en Hacienda deberás darte de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social, Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Propia Agrarios (S.E.T.A.). Para ello ha de presentarse el modelo TA0521 en alguna de las administraciones de la Seguridad Social junto con fotocopia del DNI o equivalente y fotocopia del alta en Hacienda. En el caso de una comunidad de bienes, aportar copia del contrato suscrito entre los socios comuneros, y si te das de alta como socio de una sociedad, original y copia del documento de constitución de la sociedad: http://www.seg-social.es/prdi00/groups/public/documents/binario/46092.pdf








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